Actualmente en México, con la facturación versión 4.0 existen seis tipos de CFDI con características predefinidas por el SAT.
Tipos de CFDI
1. CFDI de Ingreso: se emite por los ingresos que obtiene el contribuyente ya sea por la venta de un bien o presten servicios, así como las ventas al público en general.
Su objetivo es comprobar y reportar a la autoridad fiscal la procedencia de depósitos o pagos que se reciben: de donde proviene el dinero que reciben los contribuyentes por sus bienes o servicios ofertados. Se emite un comprobante de ingresos en alguno de estos casos:
- Prestación de servicios
- Arrendamiento
- Honorarios
- Donativos
- Enajenación de bienes y mercancías (incluye comercio exterior)
- Por descuentos en ventas
- Devolución de mercancías
- Anular de manera total un CFDI de Ingreso
- Bonificaciones
3. CFDI de Ingreso de Traslado: Este CFDI respalda las mercancías que serán transladadas de un punto a otro para comprobar la legalidad de la posesión de estos bienes.
4. CFDI de Nómina: Este documento se emite al momento de realizar pagos por concepto de remuneraciones de sueldos, salarios y asimilados a estos; de tal modo que se deja clara la formalidad de la relación comercial entre el patrón y el empleado.
Además, con este tipo de CFDI se avalan las aportaciones patronales hechas al IMSS y el desglose del impuesto sobre la Nómina; por lo mismo, las empresas deben emitirlo con los lineamos del SAT.
5. CFDI de Recepción de pagos: deben emitirse al emitir un CFDI con método de Pago en Parcialidades o Diferido (PPD); ocurre cuando no se hace el pago al momento en que se realiza la operación, estableciendo que la forma de pago es “Por definir”.6. CFDI de Retención e Información de pagos: Generalmente utilizado por bancos o personas morales que deban informar de sobre retenciones de impuestos; como los pagos realizados a residentes en el extranjero para efectos fiscales.
Este, a diferencia de los anteriores, no se encuentra dentro del catálogo de CFDI debido a que se genera de manera distinta.
Marco regulatorio de los CFDI
La obligatoriedad de expedir CFDI para las personas físicas y morales está asentada en los artículos 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y 39 del Reglamento del mismo código.
Para cumplir con esto, los contribuyentes deben contar con un certificado de firma electrónica avanzada vigente y tramitar ante la autoridad tributaria, el uso de los sellos digitales.
Por otro lado, en el artículo 29-A del CFF se establecen los requisitos que deben contener los comprobantes fiscales. Además, el SAT ha emitido documentos técnicos en los que se especifican qué estructura, forma y sintaxis deben tener para que toda la información esté organizada.
Datos que debe contener
Tanto las facturas que emitas como las que recibes deben cumplir con ciertos requisitos y contener ciertos datos para tener validez:
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Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida. |
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Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. |
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Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas. |
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Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT. |
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Sello digital del contribuyente que lo expide. |
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Lugar y fecha de expedición. |
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Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. |
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Nombre denominación o razón social de la persona a favor de quien se expide el comprobante. |
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Régimen fiscal del receptor de comprobante. |
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Código postal del domicilio fiscal del receptor del comprobante. |
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Uso del comprobante. |
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Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen*. |
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Valor unitario consignado en número. |
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Importe total señalado en número o en letra. |
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Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades. |
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Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos. |
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Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativos o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria). |
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Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación. |
El CFDI es un documento digital, en el que se genera un archivo con formato XML o Extensible Markup Language. Todo el proceso se hace a través de medios electrónicos, por lo que este archivo es ideal para ser leído por las máquinas.
Muchas veces junto con el XML se emite un archivo PDF que es más parecido a las facturas que conocíamos antes.
Este documento se puede imprimir, aunque no tiene ningún valor legal, ya que lo importante es el archivo digital.
Si se desea tener una representación impresa se debe generar un código de barras o el número de folio fiscal del comprobante; el número de serie del Certificado de Sello Digital del emisor y del SAT y la cadena original del complemento de certificación digital.
Además, deberá agregarse una leyenda que diga “Este documento es una representación impresa de un CFDI”.
Otro punto importante es que todos estos archivos deben respaldarse, es necesario resguardar las facturas, aunque sean electrónicas, ya que los contribuyentes están obligados a conservar sus registros contables por cinco años, aunque este periodo podría ser mayor, dependiendo del tiempo de deducibilidad.
Prácticas indebidas al emitir o solicitar un CFDI
Ya sea que solicites o emitas una factura electrónica, al momento de hacerlo solo debes pedir o proporcionar el RFC, dado que la información de los contribuyentes ya está digitalizada.
Hay algunos otros lineamientos ante los que debes estar al pendiente, para evitar ser sancionado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT):
- Exigir cualquier dato distinto al RFC, nombre completo, denominación o razón social, régimen fiscal, código postal del receptor y uso del CFDI.
- Obligar a proporcionar un correo electrónico, esto es opcional.
- Condicionar la expedición de CFDI a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
- Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura.
- Obligar al receptor a generar la factura en un portal.
- Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción.
- Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada.
- Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo.
- No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos.
¿Qué pasa si quieres cancelar una factura?
Ahora bien, hay ocasiones en las que es necesario cancelar alguna factura emitida. En este caso se puede recurrir al portal del SAT, donde puede tramitarse la cancelación o a través del Proveedor Autorizado de Certificación.
Hacerlo a través de un PAC tiene la ventaja de que puede hacer una cancelación masiva de CFDI, mientras que en el portal del SAT el proceso es mucho más lento.
Con los cambios del CFDI 4.0, el proceso que indica el SAT es el siguiente:
1. |
Los emisores deben enviar la solicitud de cancelación de la factura a través del Portal del SAT o de los servicios un proveedor de certificación. |
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2. |
Al momento de realizar la cancelación se deberán indicar los motivos de la cancelación conforme a las siguientes claves: |
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“01” Comprobantes emitidos con errores con relación. |
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“02” Comprobantes emitidos con errores sin relación. |
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“03” No se llevó a cabo la operación. |
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“04” Operación nominativa relacionada en una factura global. |
3. |
En caso de realizar la sustitución del comprobante, se deberá señalar la clave “01” Comprobantes emitidos con errores con relación, así como manifestar el folio fiscal del comprobante que lo sustituye. |
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4. |
Cuando se requiere la aceptación para cancelar una factura, el receptor recibe un mensaje de interés en su Buzón Tributario, donde se le informa que existe una solicitud de cancelación. |
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5. |
A través del Portal del SAT, o de un proveedor de certificación, dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud. De no emitir una respuesta, se considera como una aceptación y la factura se cancela. |
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En caso de que la solicitud de cancelación no requiera aceptación por parte del receptor, la factura se cancela de manera inmediata. |
Ventajas de los CFDI
Aunque la implementación de la factura electrónica ha sido un proceso largo, tiene algunas ventajas:
- Seguridad. Cuenta con varios candados, ya que se requieren los documentos de la e.firma y la contraseña para hacer uso de ellos, además del certificado de sello digital.
Con esto podemos es perfectamente identificable quién recibe y quién emite un comprobante fiscal digital. Además de que la información contenida en la factura no puede ser manipulada o alterada.
- Menores costos. Los CFDI simplifican muchos procesos que son costosos para las empresas, por ejemplo, en la impresión, generación y distribución de facturas.
También reduce errores en la captura de la información y al ser enviada por correo electrónico, se reduce considerablemente el tiempo de entrega.
- Almacenamiento. Al tratarse de documentos digitales los problemas por archivar facturas o terminar perdiéndolas es menor, eso sin contar que ya no se requiere de un espacio físico.
Además, es posible tener varios respaldos de la información, no solo en discos duros, sino también en la nube, por lo que la información es recuperable.
- Avanzar en la transformación digital. La era digital llegó para quedarse, muchas de las transacciones en el mundo se limitan al entorno digital y en ese sentido deben encaminarse muchos de los procesos de las empresas.
Aunque todavía queda un camino por recorrer, los primeros pasos para la digitalización del sector tributario ya se dieron y eso nos acerca también a los estándares internacionales.
Finalmente, ya seas persona física o moral, saber qué es y cómo funcionan los CFDI te permitirá optimizar los procesos de generación de este tipo de comprobantes.
¿Tienes alguna duda sobre los CFDI? Aquí mismo puedes dejarnos todos tus comentarios, para que podamos ayudarte a resolverlos.