Conocido como RESICO, este es un nuevo régimen fiscal dirigido a personas físicas que cumplen ciertos requisitos, y representa la actualización más reciente de los regímenes fiscales creados en las últimas décadas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
En México, las personas físicas han transitado por distintos regímenes, entre los que destacan:
- Régimen para los Contribuyentes Menores
- Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos)
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
- Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), vigente desde 2022
La Resolución Miscelánea establece las reglas para la inscripción en el RFC de personas físicas que deseen tributar bajo RESICO.
Los contribuyentes que opten por este régimen deberán registrarse presentando el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT.
Objetivos del Régimen Simplificado de Confianza
El principal objetivo del RESICO es ampliar la base de contribuyentes incentivando a pequeños contribuyentes y personas que realizan actividades comerciales informales a cumplir con el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mediante tasas reducidas que van del 1% al 2.5%.
Este esquema ofrece beneficios que facilitan el cumplimiento fiscal, permitiendo a los contribuyentes aprovechar estas tasas preferenciales y favorecer la incorporación del sector informal al sistema tributario.
Además, el Régimen Simplificado de Confianza establece un esquema de tasas fijas de ISR basadas en los niveles reales de ingresos de las personas físicas, haciendo el pago de impuestos más justo y accesible.
¿Quiénes pueden optar por el Régimen Simplificado de Confianza?
Podrán acogerse al Régimen Simplificado de Confianza, establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), las personas físicas y pequeñas y medianas empresas cuyos ingresos totales del ejercicio fiscal inmediato anterior no hayan excedido los 3.5 millones de pesos.
Este régimen es aplicable exclusivamente a quienes realicen:
- Actividades empresariales o profesionales.
- Otorguen el uso o goce temporal de bienes, ya sean muebles o inmuebles.
- Personas que inicien operaciones, siempre que el ingreso proporcional anual no supere el límite mencionado.
El SAT señala que, si durante el año se supera el tope de 3.5 millones de pesos en ingresos (especialmente los recibidos en efectivo), el contribuyente deberá tributar conforme a otros capítulos establecidos en la Ley del ISR, tales como el Título IV, Capítulo II, Sección I o Capítulo III, según corresponda.
¿Cuáles son los beneficios del RESICO?
El SAT diseñó el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) con el objetivo de facilitar los procesos administrativos y el pago del Impuesto Sobre la Renta. A continuación, te presentamos los principales beneficios que ofrece este régimen:
Cálculo automático de impuestos
El RESICO simplifica el cálculo del ISR, ya que el SAT estima una base fiscal e impuesto con base en los ingresos facturados y efectivamente cobrados. Esto permite que la declaración anual venga precargada para que el contribuyente la revise, valide y, si es necesario, modifique antes de realizar el pago correspondiente.
Facilidades administrativas
Los contribuyentes inscritos en el RESICO que además formen parte del régimen de sueldos y salarios o del régimen de ingresos por intereses pueden combinar estos ingresos, siempre que el total no supere el límite máximo anual establecido.
Exención en ciertas obligaciones fiscales
Las personas físicas y morales bajo RESICO quedan liberadas de presentar mensualmente la contabilidad electrónica y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
¿Quiénes pueden formar parte del RESICO para personas físicas?
Para inscribirte al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, primero asegúrate de cumplir con los requisitos básicos mencionados anteriormente. Además, puedes formar parte si realizas alguna de las siguientes actividades:
- Actividades empresariales y profesionales: talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisupers, escuelas, guarderías, ferreterías, refaccionarias, así como profesiones como abogados, contadores, médicos, entre otras.
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Uso o goce temporal de bienes inmuebles: arrendamiento de departamentos, casas, locales comerciales, entre otros.
- Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
¿Cuál es el proceso legal para inscribirse al RESICO?
Si ya conoces los requisitos y quiénes pueden optar por el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), aquí te mostramos el paso a paso para inscribirte:
- Ingresa al portal oficial del SAT.
- En el menú horizontal, selecciona la opción “Trámites del RFC”.
- Busca y elige “Actualización del RFC” y luego selecciona “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”.
- Haz clic en INICIAR para ingresar con tu RFC, contraseña o e.firma.
- Dentro del sistema, localiza la opción “Régimen Simplificado de Confianza” y selecciona la actividad económica que realizas.
- Llena el formulario siguiendo los pasos indicados.
- Al finalizar, descarga tu Constancia de Situación Fiscal para confirmar que tu inscripción al RESICO fue exitosa.
¡Descubre las soluciones de SW Sapien y elige la herramienta que se adapte perfectamente a tus necesidades!