Carta Porte, CFDI al que pertenece

13-jun-2022 | Tiempo de lectura: 3.0 min.

Carta Porte, CFDI al que pertenece

La Carta Porte pertenece a un CFDI de tipo traslado o ingreso que deben emitir los contribuyentes que se dedican al servicio de transporte de carga general y especializada, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea; también aquellos que presten servicios de paquetería y mensajería y otros servicios que implican la transportación de bienes y mercancías. 

La información que se incorpora al CFDI es: 

  • Traslado de bienes o mercancías. 
  • Ubicaciones de origen y destinos. 
  • Medio de transporte, ya sea por vía terrestre (carretera federal) o vía férrea, aérea, marítima o fluvial. 
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¿Cuándo se puede emitir el CFDI de tipo ingreso o traslado?

El CFDI de tipo ingreso con Complemento Carta Porte se podrá emitir cuando se brinde el servicio de traslado de bienes o mercancías por cualquiera de los distintos medios de transporte o previo a iniciar el traslado: si es propietario de la mercancía o de los bienes y estos se trasladan por medios propios o si es un intermediario o agente de transportista autorizado por el dueño de la mercancía. 

Plazo para emitir el complemento Carta Porte

El complemento Carta Porte entró en vigor el primero de enero de 2022. Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria extendió el periodo de transición para emitir, sin recibir sanción alguna, el complemento Carta Porte. Su emisión obligatoria será a partir del 1 de agosto de 2023. 

¿Quiénes no están obligados a emitir el complemento Carta Porte?

Las empresas o personas que no están obligadas a incorporar en su factura electrónica, sea de ingreso o traslado, el complemento Carta Porte son aquellas que trasladan bienes o mercancías de manera local, que usen vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo “C2”, y si en los trayectos no se transite por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros. 

¿Cómo elaborar un CFDI de traslado con Complemento Carta Porte?

El CFDI de traslado servirá como el documento para amparar la propiedad de mercancías, la manera de elaborar un CFDI es igual a otro tipo de facturas. Únicamente sí será necesario contar con la siguiente información: 

  • Datos del transportador (nombre, domicilio, encargado de la transportación). 
  • Datos del remitente (nombre, domicilio del lugar de destino). 
  • Número de orden.
  • Descripción del tipo de la mercancía a transportar. 
  • Descripción de los gastos de transportación. 

Si eres transportista, intermediario y agente de carga, necesitas generar el Complemento Carta Porte y hacerlo en la nube es más fácil y rápido, gracias al sistema de facturación FactuPronto®, ya que no tienes que instalar ninguna aplicación en tu computadora y puedes acceder al sistema desde cualquier sitio y a cualquier hora. 

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Fuente: 

https://www.tlcasociados.com.mx/wp-content/uploads/2021/06/Conoces_el_nuevo_complemento_Carta_Porte_Digital.pdf

http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/Preguntas_frecuentes_CartaPorte.pdf

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