Administración fiscal digital

¿Qué es y cómo funciona el Régimen Simplificado de Confianza?

Escrito por S W | Jun 13, 2022 5:32:17 AM

El RESICO o Régimen Simplificado de Confianza surge debido a la necesidad de promover una organización fiscal más justa y eficiente pues, el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) está solamente dirigido a personas físicas con actividades empresariales. 

Diferencias entre el RIF y el RESICO

En el RIF no se puede exceder un ingreso anual por más de dos millones de pesos; además, según los ingresos declarados, los contribuyentes deben pagar una tasa de impuesto desde 1.92% hasta un 35%; el RIF otorga beneficios a las empresas solo durante sus etapas tempranas; por último, este toma en cuenta todas las facturas emitidas para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Por otro lado, el RESICO ha incorporado a personas que ofrecen servicios profesionales. Bajo este régimen, se pueden tributar ingresos superiores a 3.5 millones de pesos al año. El RESICO establece tasas de impuesto que no superan el 2.5%, contempla las facturas que han sido pagadas por la determinación del impuesto, y por último, los contribuyentes no tendrán opción de deducir impuestos.   

Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas y morales

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) se encuentran las personas morales con ingresos menores a 35 millones de pesos cuyos socios sean personas físicas.

Gracias a este régimen se les otorga a las personas morales mayor liquidez para que tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos. 

Con respecto a las personas físicas, el Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa que funciona para el pago de impuestos sobre la renta (ISR) de forma sencilla, rápida y eficaz. 

Gracias a este régimen las personas físicas pueden reducir las tasas de este impuesto. Así, las personas con menores ingresos, pagan menos. 

El Régimen Simplificado de Confianza conforma cuatro regímenes fiscales: 

  • Actividades empresariales y profesionales. 
  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
  • Uso y goce de bienes inmuebles (arrendamiento). 
  • Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas. 

Obligaciones de las personas físicas y morales bajo el RESICO

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) establece que todas las personas inscritas bajo el RESICO deben cumplir con las siguientes obligaciones: 

Las personas físicas estarán obligadas a:

  • Presentar sus declaraciones provisionales a más tardar los días 17 de cada mes. 
  • Emitir comprobantes globales por las operaciones realizadas en caso de no solicitar CFDI por sus ingresos obtenidos.
  • Presentar una declaración anual en el mes de abril para el ejercicio fiscal anterior.
  • Mantenerse activos en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Estar al corriente en sus obligaciones fiscales.

Las personas morales estarán obligadas a:

  • Llevar su contabilidad de acuerdo con lo estipulado en el Código Fiscal de la Federación.
  • Expedir facturas por la totalidad de sus ingresos, gastos e inversiones. 
  • Formular el estado de su posición financiera y levantar inventarios.
  • Presentar su declaración anual dentro de los primeros tres meses posteriores a la conclusión del anterior ejercicio fiscal.
  • Presentar los saldos insolutos de préstamos al 31 de diciembre del ejercicio fiscal vencido.
  • Registrar las operaciones efectuadas con títulos de valor.
  • Informar al SAT sobre préstamos y aumentos de capital.

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Gracias al RESICO se hacen más eficientes los proceso fiscales y apoya a los pequeños contribuyentes con su carga tributaria. 

Para cumplir con la obligación de emisión de facturas, en SW Sapien estamos preparados, con el sistema FactuPronto®, las personas físicas y morales pueden realizar sus facturas electrónicas fácilmente y con tecnología en la nube, lo que lo hace mucho más accesible y eficaz. 

Fuente: 

SAT, Régimen Simplificado de Confianza.