Administración fiscal digital

¿Qué actividades están exentas de IVA en México?

Escrito por S W | Jun 13, 2022 4:39:26 AM

El IVA o Impuesto al Valor Agregado (IVA) es una carga fiscal que se aplica a los bienes y servicios, deben pagarlo las personas físicas, autónomas y morales. En México existen dos tasas aplicables para el cálculo del IVA, la tasa general del 16% y 0% para ciertas actividades. 

Tasa 0% y exención de IVA

Hay que tener en cuenta que la tasa 0% no es lo mismo que las exenciones; en el primer caso significa que una operación no genera un impuesto a pagar, pero sí la obligación de inclusión en la declaración mensual y anual; mientras que en el segundo caso, el de las exenciones de IVA, no hay obligación de informar estas actividades. 

El artículo 1° de la Ley del Valor Agregado (IVA) menciona las actividades a las que debe aplicarse el IVA; es decir, todas las personas físicas y morales que realicen actividades como enajenación de bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, y aquellos que importen bienes y servicios

Por lo tanto, como toda ley, también existen excepciones. En ese caso, las actividades que están exentas del IVA en México son aquellas como: 

  • Venta de casa-habitación. 
  • El suelo destinado a casa-habitación.
  • Transporte público o terrestre de personas. 
  • Transporte marítimo internacional de bienes. 
  • Seguros contra riesgos agropecuarios. 
  • Seguros de garantía financiera. 
  • Seguros de vida.
  • Servicios de enseñanza. 
  • Arrendamiento de inmuebles destinados o utilizados para casa-habitación. 
  • Libros. 
  • Periódicos. 
  • Revistas, 
  • Sorteos
  • Bienes muebles usados. 
  • Moneda nacional y extranjera. 
  • Metales. 
  • Por prestación de servicios como comisiones y contraprestaciones. 
  • Comisiones que cobran las AFORE
  • Servicios prestados de forma gratuita. 
  • Intereses que pagan o reciban las instituciones de crédito y las sociedades financieras de objeto limitado. 
  • Intereses que provengan de cajas de ahorro. 
  • Intereses que provengan de créditos hipotecarios o garantía fiduciaria. 
  • Servicios de espectáculos públicos por boleto de entrada, excepto los de teatro y circo. 
  • Servicios profesionales de medicina cuando su prestación requiera de título médico. 

Por otro lado, la aplicación del 0% del IVA toma en cuenta la enajenación de: 

  • Animales y vegetales.
  • Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación. Alimentos procesados para mascotas.
  • Tractores para accionar implementos agrícolas.
  • Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas.
  • Invernaderos hidropónicos y equipos integrados para producir temperatura y humedad controladas.
  • Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes.
  • Libros, periódicos y revistas.

La tasa del IVA del 0% se aplica en: 

  • Directamente a los agricultores y ganaderos.
  • De molienda o trituración de maíz o trigo.
  • De pasteurización de leche.
  • En invernaderos hidropónicos.
  • Despepite de algodón en rama.
  • Sacrificio de ganado y aves de corral.
  • Reaseguro.
  • Suministro de agua para uso doméstico.

Aquellas que están exentas del pago del IVA no están obligados a presentar la declaración de la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros). 

¿Por qué se aplica la excepción del IVA en algunos bienes, productos y servicios?

La exención de IVA son privilegios otorgados por la Ley y se aplican para que cada ciudadano contribuya en función de su capacidad económica. Otro motivo se debe a las estrategias que adopte el Gobierno. 

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Fuentes: 

https://www.infoautonomos.mx/obligaciones-fiscales/iva-impuesto-sobre-valor-agregado/https://losimpuestos.com.mx/diferencias-entre-tasa-cero-exento-y-no-alcanzado/#:~:text=La%20tasa%20cero%2C%20conlleva%20que,causan%20obligaci%C3%B3n%20de%20informar%20nada.