Por ello están sujetos a cumplir con la regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), con el artículo 581 del Código de Comercio, el artículo 74 y 10 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, y el artículo 2 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Recientemente, hubo una modificación a la regla 2.7.1.9 donde la autoridad tributaria define nuevas precisiones para los propietarios de carga, intermediarios y transportistas que define quiénes serán los responsables de emitir el CFDI de ingreso con complemento Carta Porte (documento fiscal que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional).
Por esta razón, es importante que propietarios de mercancías, intermediarios o agentes de transporte, y transportistas; identifiquen los nuevos catálogos del SAT para confirmar los códigos de productos aplicables e incorporarlos en el CFDI.
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La nueva versión 2.0 del complemento Carta Porte entró en vigor el 1° de enero del año 2022; sin embargo, los contribuyentes tienen hasta el 31 de julio del 2023 como periodo de vigencia para emitir correctamente el complemento.
Los catálogos del complemento son los siguientes:
Para consultar mayor detalle sobre la clave del producto, descripción o palabras similares al producto, el portal del SAT cuenta con los documentos técnicos en formato descargable de los catálogos del complemento Carta Porte.
Es fundamental resaltar que el Complemento Carta Porte (CCP) debe emitirse antes de cada viaje con la descripción de las mercancías, por lo que hay que contar con todos los datos necesarios y con sistemas informáticos que faciliten la automatización y el llenado de información, pues el CCP puede tener un poco más de 200 campos a llenar.
De no existir el documento correcto que ampare la transportación, los contribuyentes pueden ser acreedores de multas de 760 hasta 14,710, o de no expedir o poner a disposición el CFDI con CCP, donde la multa puede ascender hasta los 93,000 pesos mexicanos.
Para hacer el trabajo mucho más sencillo, asegúrate de contar con herramientas que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Fuentes:
El Economista, Cuáles son los retos y las multas del Complemento Carta Porte.
http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm