Qué debes tener en cuenta al realizar la cancelación masiva de CFDI

30-jul-2021 | Tiempo de lectura: 3.8 min.

Qué debes tener en cuenta al realizar la cancelación masiva de CFDI

Para realizar la cancelación masiva de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) hay algunos elementos que deben considerarse, ya que a partir del 1 de noviembre de 2018 el proceso de cancelación de facturas se actualizó. 

En el artículo 29-A, del Código Fiscal de la Federación queda asentado que los CFDI solo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.

Aunque también existen algunos supuestos en los que pueden cancelarse las facturas electrónicas sin necesidad de aprobación. Por eso, al hacer una cancelación masiva debes tener en cuenta todos estos elementos. 

Cancelación masiva de CFDI

Si deseas realizar la cancelación de facturas electrónicas, debes considerar algunos puntos de antemano:

  • En ciertos casos, la cancelación del CFDI requiere de la aprobación del receptor, para que proceda. 
  • El receptor recibe un mensaje en su buzón tributario, en el cual se indica que hay una solicitud para cancelar una factura. Debe acceder al portal del SAT para aceptar o rechazar la solicitud.
  • Quien recibe el CFDI tiene tres días, a partir de que recibe la solicitud, para aprobar o negar la cancelación, si después de ese plazo no se ha recibido ninguna respuesta, el SAT considera la aceptación de forma automática. 
  • Si un CFDI tiene otros comprobantes fiscales relacionados, primero deben cancelarse estos.

Una vez que se ha aprobado la cancelación de los CFDI es que puede realizarse de forma masiva. 

¿Cuándo no se requiere aprobación?

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También existen varios supuestos en los que no es necesaria la aprobación para realizar la cancelación de un CFDI, estos pueden encontrarse en la regla 2.7.1.39, de la Resolución Miscelánea Fiscal: 

  • Si la factura es de hasta un máximo de 5,000 pesos. 
  • Si es por concepto de nómina, egresos, traslado o ingresos expedidos a contribuyentes del RIF.
  • Si el CFDI fue emitido por medio de la herramienta “Mis cuentas” con el aplicativo “Factura fácil”.
  • Si ampara retenciones e información de pagos. 
  • Si la factura electrónica fue expedida al público en general. 
  • Aquellas facturas emitidas a residentes en el extranjero que no se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, por lo que las facturas se elaboran con un RFC genérico.
  • Si la cancelación se hace en los tres días siguientes a su expedición. 
  • Si el CFDI es por ingresos expedidos por contribuyentes que enajenen bienes, usen o gocen temporalmente de bienes inmuebles. 
  • Comprobantes emitidos por integrantes del sistema financiero o por la Federación, por concepto de derechos, productos y aprovechamientos. 

En estos casos, la cancelación masiva es de forma automática y no es necesario esperar ninguna respuesta por parte del receptor. 

Cancelación masiva a través de un PAC

Para hacer más eficiente la cancelación masiva de comprobantes fiscales, recurrir a los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) sería lo óptimo. 

En primer lugar, porque si se trata de cancelar facturas de diferentes receptores, hay que esperar el tiempo en que cada uno dé su respuesta y estar al pendiente de ello. 

En segundo punto, porque en muchas ocasiones se cancelan las facturas debido a algún error que debe ser corregido y, tiene que verificarse que ya están canceladas antes de proceder a realizar una nueva factura o podrían duplicarse y crear discrepancias ante la autoridad tributaria. 

Por último, es importante tener en cuenta que antes de efectuar una cancelación, debe revisarse cómo afectará a los estados contables de la empresa y tomar previsiones. 

Si estás buscando la forma de agilizar la cancelación y emisión de tus facturas, en SW sapien® tenemos las opciones más adecuadas para las necesidades de tu empresa. 

Todos nuestros procesos están certificados por el SAT, por lo que podrás cancelar CFDI aunque sean de otros PAC y sin importar cuándo fueron emitidos. 

 

Fuentes:

SAT, Consulta, cancela y recupera tus facturas electrónicas.

Resolución Miscelánea Fiscal 2021

Código Fiscal de la Federación.

Nueva llamada a la acción