Cumplimiento Fiscal

¿Qué es la DIOT y cómo cumplir con esta obligación fiscal?

Escrito por SW Sapien | Apr 22, 2025 6:19:47 PM

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, conocida como DIOT, es una obligación fiscal que tienen los contribuyentes para reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) información relacionada con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Su propósito es informar sobre los pagos, retenciones, acreditamientos y traslados de IVA realizados en operaciones con proveedores.

Esta declaración debe presentarse mensualmente, a más tardar en el mes siguiente al que corresponde el periodo que se está reportando.

En ciertos casos específicos, también puede presentarse de forma semestral, dependiendo del régimen fiscal del contribuyente.

¿Quiénes están obligados a presentar la DIOT?

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) debe ser presentada por todas las personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravadas por la Ley del IVA, así como aquellas que tengan registrada ante el SAT la clave de obligación fiscal relacionada con el IVA.

Incluso si durante el periodo no se realizaron operaciones con terceros, es obligatorio presentar la DIOT. En estos casos, se debe seleccionar la opción "La presenta sin operaciones" dentro del sistema del SAT.

Además, también están obligados a presentar esta declaración la Federación, las Entidades Federativas, el Gobierno de la Ciudad de México, sus organismos descentralizados y los municipios.

Tipos de proveedores en la DIOT

Es importante señalar que, cuando el SAT se refiere a "terceros" en esta declaración, únicamente hace alusión a los proveedores, no a los clientes.

Al presentar la DIOT, los contribuyentes deben clasificar a sus proveedores en alguno de los siguientes tipos:

  • Proveedor Nacional: Aquellos domiciliados en México.
  • Proveedor Extranjero: Aquellos que residen en el extranjero.
  • Proveedor Global: Se utiliza cuando no se cuenta con el RFC del proveedor, como en algunos servicios prestados en el extranjero o sin identificación fiscal.

Tipos de operación que se reportan en la DIOT

En la DIOT se deben declarar las operaciones sujetas al IVA realizadas con terceros. Algunas de las más comunes son:

  • Prestación de servicios profesionales (aplica para todos los tipos de proveedor).
  • Arrendamiento de inmuebles (reportado con Proveedor Nacional o Proveedor Global).
  • Otros conceptos: Como adquisiciones de bienes, servicios diversos u operaciones específicas que generen IVA acreditable o trasladado.

Estructura de la DIOT

Al momento de presentar la DIOT en la plataforma del SAT, el sistema guía al contribuyente a través de cinco secciones clave, las cuales permiten clasificar y reportar correctamente la información fiscal requerida. Estas son:

  1. Datos del tercero declarado
    Aquí se capturan los datos generales del proveedor, ya sea nacional o extranjero. Esta sección permite identificar correctamente a cada tercero relacionado con las operaciones.


  2. Valor de actos o actividades
    Se registran los montos correspondientes a las operaciones efectivamente pagadas al proveedor durante el periodo.


  3. IVA acreditable
    En esta sección se especifica el importe del IVA que puede ser acreditado, con base en si se aplicó alguna proporción de acreditamiento o no.


  4. IVA no acreditable
    Se deben declarar los importes de IVA que no pueden acreditarse, ya sea por no cumplir con requisitos fiscales, por estar relacionados con actividades exentas, o por aplicar una proporción limitada. Además, se debe indicar el motivo por el cual no es acreditable.


  5. Datos adicionales
    Aquí se incluyen los montos de operaciones que están gravadas a tasa 0% o exentas de IVA.

Gracias a la versión actualizada de la plataforma del SAT, la clasificación y registro de estos datos se realiza de manera más sencilla e intuitiva, facilitando el cumplimiento fiscal por parte de los contribuyentes.

¿Cómo se presenta la DIOT?

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) se presenta mediante el formato A-29, disponible en el Portal del SAT. Para su correcta presentación, es importante considerar los siguientes puntos:

  • Debe reportarse la totalidad de las operaciones realizadas con todos los proveedores durante el periodo correspondiente.
  • La información de cada proveedor debe capturarse sin incluir el IVA.
  • Se deben declarar también los proveedores con tasa 0% de IVA.
  • En el caso de personas morales, es obligatorio llenar el campo correspondiente al IVA pagado no acreditable, incluyendo importaciones.
  • Para personas físicas, este último campo no es obligatorio, pero sí altamente recomendable para mantener un mejor control fiscal.

Consecuencias por no presentar la DIOT

No presentar la DIOT o hacerlo de forma incorrecta puede generar sanciones económicas importantes para los contribuyentes.

Según el Código Fiscal de la Federación (CFF), en sus artículos 81 y 82, aquellos que incumplan con esta obligación o que presenten la declaración fuera del formato oficial o fuera del plazo establecido, pueden recibir multas que van de $13,230 a $26,460 pesos.

Además de las sanciones, el incumplimiento puede afectar la deducibilidad del IVA y generar revisiones o auditorías por parte del SAT.

Para evitar estas consecuencias, es fundamental que las personas físicas y morales:

  • Se mantengan actualizadas con sus obligaciones fiscales.
  • Consulten a un experto contable o fiscal.
  • Utilicen sistemas digitales que faciliten el cumplimiento de estas declaraciones.

Con una buena gestión, es posible evitar errores, sanciones y pérdidas económicas innecesarias.