Aclaración de cancelación del CSD, ¿qué debes hacer?

21-jul-2022 | Tiempo de lectura: 4.0 min.

Aclaración de cancelación del CSD, ¿qué debes hacer?

 

El Certificado de Sello Digital (CSD) es un archivo electrónico necesario para el sellado de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Sin embargo, en algunas situaciones, la autoridad tributaria puede cancelar estos archivos y con ello se puede ver afectada la operación de los contribuyentes. Si ese es tu caso, aquí te decimos cómo hacer la aclaración de cancelación del CSD.

Si eres persona física, sabrás que solo requieres tu e.firma para generar las facturas electrónicas que requieras. Sin embargo, si eres persona moral o usas los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), es necesario el CSD.

El sello digital está compuesto de dos archivos: .cer y .key, así como una contraseña. Son documentos únicos con una vigencia de cuatro años, una vez que vence, debes realizar el trámite nuevamente.

¿En qué casos pueden cancelar el CSD?

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece en el artículo 17-H que hay algunas situaciones en que los certificados quedarán sin efectos:

  • Por solicitud del contribuyente. 
  • Si hay alguna orden judicial o administrativa.
  • Cuando la persona física fallezca. 
  • Si se disuelve o extingue la sociedad o asociación de personas morales. 
  • Si desaparece la sociedad debido a fusión o escisión.
  • Cuando el certificado pierda vigencia.
  • Por pérdida del CSD o si el medio electrónico en el que estaba almacenado sufre algún daño. 
  • Por no cumplir con los requisitos legales al momento de la expedición.
  • Si los datos de creación se ven comprometidos o se pone en riesgo su confidencialidad. 

El artículo 17-H Bis, amplía estas situaciones y señala que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría restringir su uso si:

  • Detecta que los contribuyentes no presentaron la declaración anual correspondiente, un mes después del tiempo obligatorio establecido; o bien, si no presentó dos declaraciones provisionales o definitivas consecutivas o no consecutivas.
  • El contribuyente desaparezca o no esté localizable durante procedimientos administrativos de ejecución. 
  • El contribuyente desaparezca de su domicilio fiscal sin presentar un aviso o cambio correspondiente. 
  • Detecta que el contribuyente está usando los CFDI para operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas. 
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¿Qué hacer si restringen el uso de tu CSD?

Por medio del portal del SAT, los contribuyentes pueden presentar todas las pruebas que desvirtúen las supuestas irregularidades detectadas por la autoridad tributaria; por ejemplo, la declaración anual correspondiente o los CFDI que amparan las operaciones que ha realizado. 

Las aclaraciones deben presentarse antes de las 16:00 horas de lunes a jueves, o antes de las 14:00 los viernes, horario del centro de México. Si se presenta en horario posterior, se considerará la presentación oficial al día siguiente hábil. 

Una vez que te ha llegado la notificación, tienes 40 días hábiles para solicitar la aclaración y presentar toda la documentación. Ya presentada, y después de cinco días hábiles, debes revisar tu buzón tributario y verificar que no se te haya solicitado más información. Si ese es el caso, tienes 10 días para presentar los nuevos datos 

Finalmente, el SAT debe dar una resolución 10 días después de que hayas presentado los datos requeridos. 

Si el uso del CSD solo está restringido, puedes seguir usándolo durante este proceso. Si, por otro lado, fue cancelado, necesitarás efectuar el trámite para solicitar uno nuevo. 

Si tienes alguna dificultad con el proceso, siempre puedes acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), donde pueden darte mayor orientación legal. 

Recuerda que requieres tu CSD para seguir timbrando tus facturas por medio de un PAC, por ejemplo, como en nuestro web service de SW Smarter®, por lo que debes tener estos archivos siempre resguardados y a la mano, para evitar que tu operación se detenga.

Fuentes:

Código Fiscal de la Federación

Prodecon, Restricción y Cancelación del Certificado de Sello Digital 2022.

SAT, Aclara las irregularidades detectadas por las que se dejó sin efectos tu CSD.

SAT, Aclara las irregularidades detectadas o desvirtúa la causa por la que se restringió de manera temporal tu facturación.

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